martes, 28 de julio de 2009

EDUCACIÓN VERSUS MEDIOAMBIENTE

Algunas veces, muy pocas , David vence a Golliat
DAVID :
200 personas se concentran en el Prado pidiendo que se acate la sentencia de la biblioteca central

SEVILLA, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -
Cerca de 200 personas, según la organización que ha cursado la convocatoria, se han concentrado en los jardines del Prado de San Sebastián para reclamar a la Junta, el Ayuntamiento de Sevilla y la Universidad Hispalense que "acaten" la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anula las "determinaciones" del planeamiento urbano correspondientes a la construcción de la biblioteca central en dicho espacio, toda vez que tales instituciones han anunciado recursos ante el Tribunal Supremo (TS).
Uno de los miembros de la Plataforma para la Defensa de los Parques y Jardines de Sevilla, Rafael Sanmartín, informó a Europa Press de que a la concentración han asistido casi 200 personas, toda vez que la comunidad de propietarios del número nueve de la calle Diego de Riaño, a favor de la cual falla esta sentencia, esperará a conocer los argumentos esgrimidos por las administraciones en sus recursos de casación antes de resolver si seguir o no adelante con sus acciones judiciales, toda vez que el fallo anula estas determinaciones del PGOU de 2006 que reservaban como suelo para uso educativo más de 3.900 metros cuadrados del frente oriental de los Jardines del Prado de San Sebastián.
El portavoz del PP en el Ayuntamiento de Sevilla, Juan Ignacio Zoido, que participó en la concentración, dijo de su lado que el alcalde, Alfredo Sánchez Monteseirín, y el rector de la Hispalense, José Joaquín Luque, deben "asumir el contenido de la sentencia" y "paralizar" las obras hasta que se resuelva definitivamente el litigio judicial, destinado a acabar en el Tribunal Supremo. "Sí a la biblioteca, sí a este proyecto, pero en otro sitio", dijo Zoido pidiendo al alcalde "que no imponga, que dialogue".
ANULADA LA CONSTRUCCIÓN DE LA BIBLIOTECA
La sentencia, emitida el pasado 4 de junio por la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal andaluz y recogida por Europa Press, estima "sustancialmente" el recurso contencioso administrativo impulsado por esta comunidad de propietarios contra la resolución que el 19 de julio de 2006 firmó la por entonces consejera de Obras Públicas y Transportes, Concepción Gutiérrez del Castillo, para aprobar definitivamente el nuevo PGOU de Sevilla, instrumento de planeamiento que calificaba un espacio de 3.915 metros cuadrados de dicho parque público como "equipamiento educativo".
Tal calificación, según ha considerado el tribunal, constituye una "distonía" con los preceptos del anterior planeamiento urbano de 1987 para "recuperar" el Prado de San Sebastián para "uso y disfrute de los ciudadanos", toda vez que el Plan Especial redactado en 1994 para el sector 21 del Prado de San Sebastián considera como "parque central" estos suelos, concretamente bajo la disposición V2, que delimita "espacios libres ajardinados o forestados con incidencia importante en la forma, calidad y salubridad de la ciudad", un instrumento de calificación este último que según el TSJA "ha sido derogado" para permitir "una nueva calificación que no puede considerarse justificada".
Para el tribunal, la decisión "es radicalmente contraria a las exigencias de protección del medio ambiente recogidas en la Constitución Española" e implica la "improcedente reducción de un espacio verde plenamente consolidado", al tiempo que "vulnera claramente las exigencias de protección inherentes a la pertenencia del Prado de San Sebastián al Conjunto Histórico de Sevilla".
A tal efecto, para el tribunal, el Plan Parcial de 1994 "ha sido derogado" para dar lugar a "una nueva calificación que no puede considerarse justificada" pese a habilitarse los suelos para uso educativo, porque "no se puede considerar justificada y motivada la ubicación por la mera sugerencia de la Universidad", por lo que anula la resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes que aprobaba definitivamente el PGOU de 2006 "en las determinaciones relativas a la calificación del frente oriental" de los jardines del Prado de San Sebastián como equipamiento de uso educativo.
GOLLIAT :
Junta anuncia que va a recurrir de "inmediato" el fallo del TSJA sobre la Biblioteca del Prado
SEVILLA, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -
El consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Espadas, anunció hoy que la Junta de Andalucía va a recurrir de "inmediato" el fallo del TSJA que anula los aspectos del PGOU relativos a la construcción de la biblioteca del Prado.
En declaraciones a los periodistas tras la comparecer en la Comisión de Asuntos Europeos en el Parlamento, Espadas destacó que la sentencia "no es firme" y, por tanto, es susceptible de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, explicó que al no ser firme "no es posible una ejecución inmediata de la misma", por lo que de momento "no se van a paralizar las obras, algo que en cualquier caso corresponde al Ayuntamiento de Sevilla".
Espadas llamó la atención sobre como la sentencia plantea discutir la capacidad del ayuntamiento "en el ejercicio de potestades básicas para un ayuntamiento como es la potestad urbanística". Así, apuntó que la sentencia argumenta que "no es válida la aprobación del PGOU en lo relativo al cambio de calificación de una zona que en el anterior aparecía como parque público y que se cambie una parte y se califique como complejo educativo, para una biblioteca.
Algo que, según alertó, "sería asumir que un ayuntamiento no tiene capacidad de cambiar en un plan de ordenación urbana la determinaciones de un plan anterior". "Una limitación en las potestades claramente municipales de planeamiento urbanístico que no comparto como consejero", subrayó.
En este sentido, señaló que el TSJA se apoya en una doctrina del Tribunal Supremo que indica que esto "no es posible hacerlo cuando no se defiende un interés general", a lo que respondió que "no sé entonces que es de interés general" si no proponer en su planeamiento de ordenación urbana una biblioteca para el uso de los ciudadanos de Sevilla.
Asimismo, explicó que la sentencia explica que el Plan de Ordenación Urbana no puede modificar lo determinado por un plan especial del año 1994 en el que se dijo cuales eran los usos de esa parcela. "Algo muy discutible" apostilló.
En ocasiones David vence a Golliat, me ha parecido interesnate traer a colación estos dos articulos, no solo porque 200 vencinos que reclaman su parcela de zona verde en la ciudad hayan conseguido vencer a Golliat, sino porque ambos tribunales definen dos conceptos para mi obviados en nuestra sociedad actual:
1º .- Los valores y principios imperantes en nuestra Constitución, dice el TSJA, y se lo recuerda a a las administraciones demandadas que dicha decisión es radicalmente contraria a las exigencias de protección del medio ambiente recogidas en la Constitución Española" e implica la "improcedente reducción de un espacio verde plenamente consolidado
2º- El interes general, cuando es latente, y según se ha puesto de manifiesto en el curso en varias ocasiones la necesidad de zonas verdes en Sevilla.

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